Auditoría de Asociaciones y Fundaciones

Auditoria Cooperativas

Auditoria Cooperativas

Gimeno Auditores realizamos auditoria de cooperativas, no sólo auditamos cuentas anuales  de sociedades, sino contamos con cooperativas y que confían en nuestros auditores para la auditoría de sus cuentas anuales .

¿Qué cooperativas están obligadas a presentar cuentas anuales auditadas y quién puede solicitarla?

  • La ley es clara en este aspecto:
  • Ley 27/1999, de 16 de Julio, de Cooperativas de Ámbito Nacional

Artículo 62. Auditoría de cuentas.

Las sociedades cooperativas, como verdaderas instituciones socioeconómicas, han de hacer frente a las constantes transformaciones que, de forma progresiva, se producen en el mundo actual. Los cambios tecnológicos, económicos y en la organización de trabajo que dan especial protagonismo a las pequeñas y medianas empresas, junto a la aparición de los nuevos «yacimientos de empleo», abren a las cooperativas amplias expectativas para su expansión, pero, a la vez, exigen que su formulación jurídica encuentre sólidos soportes para su consolidación como empresa.

  1. Las sociedades cooperativas vendrán obligadas a auditar sus cuentas anuales y el informe de gestión en la forma y en los supuestos previstos en la Ley de Auditoría de Cuentas y sus normas de desarrollo o por cualquier otra norma legal de aplicación, así como cuando lo establezcan los Estatutos o lo acuerde la Asamblea General.
  2. Si la cooperativa no está obligada a auditar sus cuentas anuales, el cinco por ciento de los socios podrá solicitar del Registro de Sociedades Cooperativas que, con cargo a la sociedad, nombre un auditor de cuentas para que efectúe la revisión de cuentas anuales de un determinado ejercicio, siempre que no hubieran transcurrido tres meses a contar desde la fecha de cierre de dicho ejercicio.
  3. La designación de los auditores de cuentas corresponde a la Asamblea General y habrá de realizarse antes de que finalice el ejercicio a auditar. El nombramiento de los auditores deberá hacerse por un período de tiempo determinado que no podrá ser inferior a tres años ni superior a nueve a contar desde la fecha en que se inicie el primer ejercicio a auditar, pudiendo ser reelegidos por la Asamblea General anualmente una vez haya finalizado el período inicial. No obstante, cuando la Asamblea General no hubiera nombrado oportuna- mente los auditores, o en el supuesto de falta de aceptación, renuncia u otros que determinen la imposibilidad de que el auditor nombrado lleve a cabo su cometido, el Consejo Rector y los restantes legitimados para solicitar la auditoría podrán pedir al Registro de Cooperativas que nombre un auditor para que efectúe la revisión de las cuentas anuales de un determinado ejercicio.
  4.  Una vez nombrado el auditor, no se podrá proceder a la revocación de su nombramiento, salvo por justa causa.
 

Sanciones por no realizar la auditoria de su cooperativa

Artículo 135. Infracciones:

  1. 1
    Son infracciones leves

    Son infracciones leves el incumplimiento de las obligaciones o la vulneración de las prohibiciones impuestas por esta Ley, que no supongan un conflicto entre partes, no interrumpan la actividad social y no pue- dan ser calificadas de graves o muy graves.

  2. 2
    Son infracciones graves

    No depositar las cuentas anuales y las auditorías, de acuerdo con lo que dispone el artículo 72 , en los términos que establece la legislación correspondiente

  3. 3
    Son infracciones muy graves

    Incumplir la obligación de someter las cuentas del ejercicio a verificación mediante una auditoría externa, si lo establecen la presente Ley o los estatutos sociales, lo acuerda la asamblea general o el consejo rector o lo solicita, como mínimo, el 15 % de los socios de la cooperativa

¿Necesita más información respecto a si su cooperativa está obligada a auditar las cuentas anuales?

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El  Gimeno Auditores nos caracterizado por su espíritu emprendedor y por estar siempre a la vanguardia de las exigencias del mercado, le ofrece servicio de auditoría, consultoría y compliance.

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El servicio de auditoría de Gimeno Auditores no se limita a la emisión de un informe de auditoría de las Cuentas Anuales con un estándar de calidad del máximo nivel. Nuestra metodología de trabajo está diseñada para identificar riesgos potenciales y las áreas de mejora de procesos de control interno contable y administrativo de nuestros clientes.

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