Auditoría de Asociaciones y Fundaciones

Auditoría Fundaciones Obligatoria

Auditoría Fundaciones Obligatoria

Según recoge la Ley 50/2002 Fundaciones, artículo 25:

Para todas las fundaciones de competencia a nivel nacional, existe obligación de auditar las cuentas anuales cuando, durante dos ejercicios a fecha de cierre y consecutivos reúnan, las siguientes circunstancias:

  • Que el total de las partidas del activo supere los  2.400.000.- euros
  • Que el importe neto de su volumen anual de ingresos por su actividad propia mas, en su caso, el volumen anual de ingresos de su actividad mercantil, supere los 2.400.000.- euros
  • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50

Existen otros límites impuestos a nivel autonómico 

 

Real Decreto 1517/2011 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, disposiciones adicionales segunda.

Otros casos en los que existe obligación de auditarse:

Entidades, cualquiera sea su naturaleza jurídica y siempre que deban formular cuentas anuales, que durante un ejercicio social hubiesen recibido subvenciones o ayudas con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas o a fondos de la Unión Europea, por un importe total acumulado superior a 600.000 euros.

¿Cuándo hay que auditar?

Es obligado auditar las cuentas anuales de una fundación o entidad no lucrativa análoga, según la normativa estatal vigente, si se cumplen dos de los siguientes tres límites durante dos ejercicios consecutivos:

  1. 1
    Si activo supera los 2.400.000 euros

    El total de las partidas del activo supera los 2.400.000 euros

  2. 2
    Actividad Mercantil superior a 2.400.000 euros

    El importe neto de su volumen anual de ingresos por la actividad propia más, en su caso, el de la cifra de negocios de su actividad mercantil, es superior a 2.400.000 euros

  3. 3
    50 empleados de media

    El número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio es superior a 50

Cada comunidad autonomía podría fijar otros límites .

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